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[Contabilidad] Consejo de Adolfo Loubet "Libro-Registro de operaciones económicas - Obligatorio para Autónomos y Comunidades de Bienes"

  • martes 12 de enero de 2016

Consejo de Adolfo Loubet "Libro-Registro de operaciones económicas" - Obligatorio para Autónomos y Comunidades de Bienes

Quienes están obligados

 

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 205/2008, desde enero de 2014, las personas físicas, comunidades de bienes y otras entidades que desarrollan actividades económicas deben llevar y conservar un único libro, denominado Libro Registro de Operaciones Económicas, que viene a sustituir a los libros anteriores. Se estableció un régimen transitorio para los ejercicios 2014 y 2015 por el cual determinadas personas estaban exoneradas de la obligación de la llevanza del libro-registro. A partir del ejercicio 2016 todas las personas físicas, comunidades de bienes y otras entidades con actividad económica están obligadas a su llevanza.

Programa de ayuda

Hacienda Foral ha puesto a su disposición un programa de ayuda para confeccionar este libro registro. El contenido del libro, una vez concluido el ejercicio, deberá incorporarse al modelo informativo 140 que deberá presentarse obligatoriamente de forma telemática. El programa de ayuda es el único instrumento por el cual podrá presentarse telemáticamente el modelo 140. No obstante, se ha incorporado al programa de ayuda un módulo que permite realizar la importación de los registros de dicho Libro creados en otros programas informáticos diferentes.

Plazo

El plazo de presentación del modelo 140 correspondiente al año 2015 se realizará durante el mes de Febrero del año 2016.